19.10.14

Los tontos públicos

-Ese perro parece un gato.
-Es que es un gato.
-Pues ese gato parece un perro.

l hilo del post anterior decido titular el actual "Los tontos públicos", pero podría llamarse "Los tontos públicos". Hay tantos tontos que no nos los acabaremos ni hoy ni nunca. 
Corre un chiste por los hospitales que poco más o menos dice: "¿Cual es la diferencia entre Dios y un cardiólogo? -Que Dios no lo sabe".  Pues lo característico del tonto es que no lo sabe o que se cree listo. Pero me imbuyo de la actitud de Hannah Arendt, tal y como la percibí en la entrevista que comentaba ayer
La semana pasada un tonto útil buscaba información sobre peatones accidentados por la circulación de ciclistas. Y no se le había ocurrido nada mejor que ir a los hospitales y preguntar. No sé verdaderamente si se dirigía a la Conserjería que hay en la entrada de todos nuestros hospitales o si iba a las oficinas de atención al usuario o a los servicios de Documentación Clínica. Sé que en un hospital le dieron un número de accidentados y en otro hospital no le dieron la información. Le comenté que tanto una respuesta como otra no eran correctas, pero el tonto no estaba dispuesto a admitir que yo supiera sobre este tema y se obcecó con que quería esa información sí o sí. 
En la "Carta de Drets i Deures dels ciutadans en relació a la salut i l'atenció sanitària" (2002), muy prolijo y vertebrado, no se contempla la posibilidad de que el ciudadano reciba información que no sea sobre su propia salud y sobre los servicios sanitarios, Sí tienen los hospitales la obligación de proporcionar a su superior jerárquico toda la información asistencial y el llamado CMBD (Conjunt mínim bàsic de dades) que ahora para salir al paso diremos únicamente que informa de los casos atendidos (diagnósticos y procedimientos). El código que se aplica a los episodios de accidente de bicicleta de pedales es alfanumérico y va del E826.0/E826.9. Los códigos alfanuméricos del CMBD corresponden a la CLASIFICACION SUPLEMENTARIA DE CAUSAS EXTERNAS DE LESIONES E INTOXICACIONES (perdón por las mayúsculas). Generalmente los códigos de la CIE (Clasificación Internacional de Enfermedades) suelen ser numéricos y traducen enfermedades o condiciones y procedimientos quirúrgicos y diagnósticos. Así que el asunto de la bicicleta es adicional y tengo mis dudas de que pueda ser aplicado siempre. Y esto es porque por mucho que el accidentado diga que fue golpeado por una bicicleta (se entiende que llevada por un ciclista) ni el médico que lo atendió e hizo el informe ni el codificador darán fe de que fue así. A no ser que haya un atestado por medio o hayan pruebas fehacientes y contrastables de que fue tal y como el lesionado asegura.
Se comprende que cuando alguien padece lesiones y acude a Urgencias, luego pueda usar el informe clínico para hacer una denuncia, especialmente cuando el agresor lo abandonó a su suerte o hizo un daño voluntario. Pero ese informe relatará los daños observados y su gravedad, no dará por supuesto o verdadero el relato de la víctima. ¿O es que hace falta que les explique los líos que hay por divorcios, mútuas, aseguradoras, etcétera? Creo que no hace falta, que todo el mundo sabe de algún caso de falsas denuncias y de los intereses que pueden ocultar.
Los sanitarios tienen la obligación o el deber de dejar constancia de sus observaciones clínicas y un código E826 solo se aplicaría cuando se tiene la total seguridad de que la causa externa de la lesión fue por colisión con un ciclista. Naturalmente, si el ciclista se da a la fuga siempre puede haber un testigo, pero en todo caso una afirmación que diera por buena tal causa externa se reflejaría en estilo indirecto. No sé si me explico: "El paciente informa de que recibió un golpe por una bicicleta que circulaba a su paso", etcétera.
Nuestro tonto se empecinaba en que tenía que obtener los datos de accidentados de los hospitales. Yo le remetía al CMBD, incluso no ya al de CatSalut sino al que recoge de todas las comunidades autónomas el Ministerio correspondiente. Nada. Inútil. Y el pobre hombre en vez de aceptar mi posible conocimiento del tema se crecía por momentos y se encastillaba en su empecinamiento.
De hecho, podría extraer como conclusión que a veces el ciudadano exige a las instituciones públicas una información que no siempre se puede ofrecer más que a través del organismo correspondiente. Hay personas que consideran que "público" significa que es un espacio en el que podemos hacer lo que nos da la gana como ciudadanos. En una plaza pública podemos hacer lo que queramos, razón por la cual en algunos lugares se nos indica "pasaje privado" o "reservado el derecho de admisión" y demás.
Hace muchos años, cuando yo solo empezaba a saber en donde me había metido, me vino un grupo de adolescentes a la biblioteca -que era solo para el personal del Hospital- para que les dieran información sobre no recuerdo qué enfermedades. Les expliqué lo mejor que pude que aquellos libros que allí teníamos eran libros pensados para médicos y enfermeros, que no eran adecuados para el público general. Con el tiempo se ha preparado muchísima información para el público general y no solo desde las asociaciones de enfermos o desde los educadores sanitarios. Pero es que además ahora cualquiera accede en internet a un gran volumen de información sobre cualquier dolencia y su tratamiento, tema que a veces preocupa a los médicos porque puede tener un efecto pernicioso o perturbador en el paciente. Como las informaciones que son aptas para el público general ya están acreditadas y bien caracterizadas, lo que hay que saber distinguir es las que no.
A nadie -tal vez a nuestro tonto público particular- se le ocurrirá acercarse a una oficina bancaria y exigir que le informen de cuántos préstamos se han concedido para comprar coches. Tal vez un trabajador espontáneamente lo puede y lo quiere comentar, pero no hay ninguna obligación. Y además esa puede ser una información sensible que puede llegar a ser especulativa o tendenciosa y , en cualquier caso, un buen profesional, siempre la manejaría con mucho cuidado.
La página web del Instituto Nacional de Estadística es pública y aunque es compleja puede usarse notablemente bien por cualquier persona acostumbrada a manejar lectores de DVD, Twitter y vídeos de Cuní. También son públicos los datos de la Dirección General de Tráfico y del CatSalut, aunque se difundan con un año o hasta dos de tardanza. El personal de los hospitales ni en general ni en particular tiene obligación de dar informaciones del CMBD, a no ser a su superior jerárquico. Y no es una cuestión de autoritarismos.
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El personal del hospital que dio la información de su número de accidentados por E826.0/E826.9 a un ciudadano no creo que accediera a los datos de su propio Hospital, dado que no todo el mundo puede compilar esa información (los perfiles de acceso están estratificados) y los que pueden compilarla ya saben que no pueden darla a cualquiera. El personal del hospital que le negó esa información a un ciudadano también lo hizo mal porque tendría que haberlo redirigido a las fuentes comentadas.
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Estos posts así no me gustan nada pero hay que hacerlos para que quede constancia y para que cualquiera pueda acudir a ellos sin ser experto o del ramo.

Joaquín Rodríguez Gran ("Dodot")

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